Agosto 2024
La AMDE fue constituida hace más de 24 años por abogados especializados en materia energética. Pretendemos, con diversas actividades, promover el desarrollo y difusión del Derecho de la Energía en México a través de la investigación jurídica. Asimismo, somos un foro de discusión abierto y autónomo donde se ventilan académicamente los distintos aspectos jurídicos que son consecuencia natural del esquema de apertura propiciado por el Estado en materia energética.
NUESTRO ARTÍCULO DEL MES
¿La oportunidad de otro “mexican moment”?

Por:  Carlos Francisco Rodríguez Sámano
 


A lo largo de la historia de México hemos atravesado por diversos mexican moment logrando avances importantes en el desarrollo de México frente al contexto internacional.

Sin irme mucho tiempo atrás, recordemos algunos de los mexican moment que hemos vivido a partir de los años 90 ́s: la aprobación por parte del senado mexicano del Convenio 169 de la OIT en octubre de 1990; la ratificación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en 1993, entrando en vigor el 1o de enero de 1994 (que coincidió con el levantamiento de EZLN); el ingreso de México a la OCDE en 1994; la reforma en materia ambiental que se instrumentó el 28 de junio de 1999 mediante la reforma al artículo 4o de la Constitución; y en especial la reforma estructural en materia energética por la que se reformaron los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, y la publicación de las leyes secundarias y reglamentarias de dichos artículos como: la Ley de Hidrocarburos y la Ley de la Industria Eléctrica, sus respectivos reglamentos y diversas disposiciones secundarias que hasta el año de 2018 contaba con más de 650 disposiciones legales tales como: leyes, reglamentos, directivas, directrices, disposiciones administrativas de carácter general, normas oficiales mexicanas, lineamientos, la creación de organismos descentralizados, desconcentrados y la modificación de la naturaleza jurídica de Pemex y CFE para ser  Empresas Productivas del Estado.

México ha celebrado cerca de 1,270 tratados internacionales mismos que suscribió con diversos países de los cuales 12 son tratados de libre comercio, entre ellos la firma del T-MEC en 2018, que entró en vigor en 2020, que vino a sustituir al TLCAN.

Todos esos mexican moment han sido la coyuntura y eventos determinantes ocurridos en México, que coincidieron en su tiempo, con la política pública del gobierno mexicano buscando ofrecer señales, a sus futuros socios comerciales, de respeto y garantías de certeza y seguridad jurídica en sus proyectos de inversión en el país.

Con la llamada reforma energética de 2013, México se encontraba en la ruta para consolidarla que, según Paul Krueger, premio nobel de economía, este tipo de reformas tardan más de 10 años en consolidarse y de ese mexican moment, en 2018, ya llevábamos 5 años de su implementación e íbamos por buen camino, sin embargo, con la política energética de la actual administración ese mexican moment, comenzó a diluirse, creado un clima de inseguridad jurídica, llevando a la arena litigiosa los temas energéticos. Pero un nuevo mexican moment aparece en el horizonte: el Nearshoring que brinda una nueva posibilidad de que los años perdidos en el avance de la reforma energética se retomen y se afronten los requerimientos y necesidades del país en temas ambientales, de hidrocarburos y de electricidad.

Es importante considerar que el gas natural es un combustible clave para el desarrollo de México, ya que al rededor del 60% de la electricidad se genera con gas natural, por tanto, es clave para su desarrollo, teniendo acceso al gas natural más barato del mundo. Sin embargo, tenemos una política de no aprovechar los recursos de gas natural por parte de Pemex, la oposición por parte de gobierno para llevar a cabo la fractura hidráulica para explotar nuestros recursos de gas natural en la cuenca de burgos y un sistema de transporte que esta fragmentado, crea la necesidad de importar más gas natural, principalmente de los Estados Unidos de América por más del 80 % del consumo en México.

Contamos con 13 empresas del sector privado que han invertido en infraestructura de transporte, quienes han realizado la mayor inversión en este sector asumiendo los riesgos inherentes, incluyendo las políticas públicas del sector implementadas por el actual gobierno.

En el tema de la capacidad de almacenamiento, ésta es apenas de dos días, lo cual significa un riesgo muy importante para los requerimientos de los sectores doméstico, comercial e industrial y, se traduce en una oportunidad para atraer inversión privada que coadyuve con el gobierno a contar con niveles de almacenamiento adecuados a las necesidades del país.

En materia eléctrica tenemos un área de abundantes oportunidades de inversión en renovables que hoy requieren transitar con tecnologías convencionales, incluyendo el gas natural. Hoy representa una oportunidad para trabajar en tarifas que son poco competitivas, en reactivar las subastas de generación eléctrica suspendidas y los proyectos en renovables suspendidos en la actual administración y en espera de obtener su interconexión al sistema eléctrico, lo que se traducirá en más inversión privada en generación que liberaría recursos a CFE. Hay que considerar que la generación eléctrica fósil es y será cada día más cara y nos lleva al incumplimiento de compromisos internacionales en materia de cambio climático. La red de transmisión está limitada y la oportunidad vía las asociaciones público privadas ayudaría a su fortalecimiento y a la aplicación de nuevas tecnologías.

La seguridad energética se entiende como la diversificación de su matriz, por lo que ante una insuficiente inversión pública es deseable que la política energética contemple en su eje la participación de la inversión privada, bajo un esquema de certeza y seguridad jurídica, para atender las necesidades de México.

El cambio de la política energética a un esquema de regresión ha sido un factor de incertidumbre para la inversión privada la cual sabe correr riesgos, pero la incertidumbre legal es inaceptable, el estado de derecho es la plataforma necesaria para la certeza y seguridad jurídica a los inversionistas. La solución: trabajar unidos gobierno y empresarios, vía la colaboración de los sectores público y privado, lo cual está regulado en las leyes de la materia.

Es importante mencionar que, al ser los proyectos en materia energética de alto impacto económico, las empresas requieren de financiamientos de la banca y organismos internacionales que establecen disposiciones de obligado cumplimiento. Estos dispositivos tienen como finalidad que las empresas cumplan con sus compromisos legales, sociales, ambientales y de respeto a los derechos humanos. En caso de incumplimiento por parte de las empresas a las directrices y políticas de financiación, las instituciones financieras pueden sancionar los incumplimientos con la modificación de tasas, penalizaciones o incluso rescindir o rechazar financiamientos. Entre dichas disposiciones se destacan las de la Responsabilidad Social Empresarial, así como las del Pacto Global de las Naciones Unidas del 26 de julio de 2000, los Principios Rectores Sobre las Empresas y los Derechos Humanos, los Principios Rectores de la Organización de las Naciones Unidas, la Norma ISO 26000,

Directrices del Banco Mundial, de la Corporación Financiera Internacional a través del Compliance Advisor Ombudsman, del Banco Interamericano de Desarrollo y los Principios de Ecuador (que son un conjunto de directrices para la gestión de los aspectos sociales y ambientales de los proyectos de inversión, elaboradas a instancias de la Corporación Financiera Internacional (CFI) - agencia del Banco Mundial, y asumidas voluntariamente por las instituciones financieras, puestos en práctica en el marco de las naciones unidas para “proteger, respetar y remediar”).

Tales directrices, principios y políticas bajo el derecho internacional aplican a las empresas, bancos y estados. Son compromisos que voluntariamente adoptan las empresas y les son vinculantes en sus proyectos financieros. Así las empresas se han obligado a cumplir con las directrices, principios y políticas para lo cual requieren, en sus decisiones de inversión en el país, de certeza y seguridad jurídica. Lo más aberrante que puede existir para un inversionista es iniciar un proyecto de inversión anclado a un proyecto financiero con un juicio de amparo.

El clima político actual con los mensajes de modificar la naturaleza jurídica de Pemex y CFE, el incumplimiento por parte del gobierno federal a la sentencia de SCJN que determinó el dejar de aplicar la reforma de 2021 a la ley de Industria Eléctrica, la reciente reforma a la ley de amparo para que las sentencias apliquen únicamente a los que hayan impugnado la ley y su no aplicación general cuando afecten a un sector determinado (situación que ha sido revertida por los tribunales colegiados), la atribución de facultades en materia de participación cruzada a la CRE (que son facultades de la COFECE), la amenaza de eliminar a los reguladores autónomos como COFECE, CNH y CRE, la disputa por la interpretación de la participación proporcional en el congreso, la posible reforma judicial y las más de 18 reformas ya anunciadas, mantienen un clima de inseguridad jurídica en el sector y por ende un obstáculo al nearshoring.

Necesitamos contar con disposiciones legales claras, efectivas, eficientes, eficaces y transversales dentro del bloque de constitucionalidad que proporcionen certeza y seguridad jurídica, así como el respeto al pacto federal, para todos los actores en esta materia. Ello permitirá el desarrollo de proyectos en materia energética y facilitará la confianza para que el nearshoring sea una realidad. Su debida aplicación, incluyendo los criterios de interpretación y la jurisprudencia, van a constituir una parte muy importante del proceso de madurez de la reforma energética, que debe ser retomada.

Lo anterior coadyubaría a poner a disposición de los inversionistas infraestructura necesaria para empresas que buscan invertir en la relocalización (mexican moment del Nearshoring), ofreciendo insumos necesarios para su instalación tales como: electricidad, gas natural, agua para uso industrial, recursos humanos, entre otros, buscar mayor inversión en proyectos de almacenamiento, transporte y distribución de gas natural y el fortalecimiento de proyectos de generación sustentable. ¿Estaremos aprovechando el nearshoring o se nos irá de las manos este mexican moment?
 
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Acerca del autor:


Mtro. Carlos Francisco Rodríguez Sámano, es Abogado por la Escuela Libre de Derecho. Cuenta con una Especialidad en Relaciones Industriales en Nueva York por el Centro de Desarrollo Gerencial de General Electric, Co.; Maestría en Derecho Corporativo y Maestría en Historia del Pensamiento Universal (esta última pendiente de titulación), ambas, por la Universidad Panamericana. Estudios de Derecho y Escuela de Negocios en IESE Business School, en Madrid, España. Participante del Programa de Desarrollo para consejeros por el Centro de Excelencia en Gobierno Corporativo / Bolsa Mexicana de Valores; y Doctorando en Derecho por la Universidad de Monterrey.

Su trayectoria profesional se ha desarrollado desde hace 50 años como abogado interno de importantes empresas de primer nivel con base en México. En los últimos 25 años desarrolló gran experiencia en el sector de la energía en las actividades relacionadas con la distribución, comercialización, transporte y demás actividades reguladas en materia de hidrocarburos y en actividades relacionadas con el desarrollo y operación de proyectos eléctricos, como Director Jurídico de la empresa Naturgy por espacio de 19 años; posteriormente como socio a cargo  el área de Energía del Despacho Wöss & Partners, por espacio de 3 años; a parir de febrero de 2022 a febrero de 2024 como Vicepresidente Legal y de Cumplimiento de Esentia Energy Systems México (antes Fermaca) y a la fecha como como consultor independiente en proyectos de energía en alianza con diversos despachos de abogados en México.

Catedrático a nivel posgrado sobre Derecho de la Energía en la Universidad de Monterrey impartiendo la materia “De las actividades reguladas en materia de gas natural” desde el año 2015 y en la Escuela Libre de Derecho en el diplomado sobre derecho de la energía desde el año 2013.

Es vicepresidente de la Academia Mexicana de Derecho Energético.
 
Las opiniones e ideas expuestas en el presente son personales y no reflejan la postura de la instituciones aquí mencionadas. 

 
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